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Hay diferentes documentos oficiales que determinan la obligatoriedad de realizar la factura en formato electrónico con cualquier organismo del sector público o el Estado. Para un asesoramiento legal como económico no dude en ponerse en contacto con nuestros expertos de ITgreen sin ningún compromiso.

Órdenes ministeriales:

Orden PRE/2971/2007, de 5 de Octubre, sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración general del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de facturas expedidas entre particulares

LACP (Ley de contratos de las administraciones públicas):

30 Julio 2009 (Transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de las normas): La presentación de facturas electrónicas será obligatoria en la contratación con el sector público estatal para las sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada

30 de Octubre 2010: Plazo máximo para que todas las facturas sean electrónicas en la contratación con el sector público

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Facturae: es el formato estándar oficial de factura electrónica en España, Impulsado por el MITC y oficializado por la AEAT en la Orden PRE 2971/2007 con la nomenclatura: AEAT-CCI

Certificado Digital: Es un documento digital mediante el cual un tercero confiable (una autoridad de certificación) garantiza la vinculación entre la identidad de un sujeto o entidad y su clave pública

La firma digital: Hace referencia, en la transmisión de mensajes telemáticos y en la gestión de documentos electrónicos, a un método criptográfico que asocia la identidad de una persona o de un equipo informático al mensaje o documento. En función del tipo de firma, puede, además, asegurar la integridad del documento o mensaje